En audiencia pública, el Tribunal Constitucional analizará el miércoles la demanda de inconstitucionalidad del Ejecutivo contra la Ley 31729, que actualiza el bono de reconocimiento a los aportantes y exaportantes de la ONP. La aplicación de esa norma, beneficiará a más de 115 mil peruanos que migraron de la ONP al sistema privado de pensiones desde el 2002.
“Lo que hace la ley 31729 es reconocer el carácter intangible de los aportes de los trabajadores. Ese dinero fue recortado de los sueldos, con la única finalidad de contar con una pensión digna en su momento”, sostuvo el congresista Luna Gálvez, quien presentó esa iniciativa legislativa.
El Ejecutivo se opone por considerar que el cumplimiento de la ley 31729 significará un alto costo al erario nacional.
El parlamentario explicó que el Ejecutivo ha dilatado el cumplimiento de la norma, pese a que fue publicada en abril del 2023. “Señores del TC, no permitan dilatar más el cumplimiento de una ley; no acepten ser usados por el Ejecutivo para incumplir una norma con plena vigencia. Su ejecución es una demanda nacional”, enfatizó.
Fondos intangibles
Luna destacó el carácter intangible de los fondos de pensiones y los aportes monetarios de los trabajadores solo debe ser usado con una finalidad previsional, establecido en la Constitución Política del Perú.
Señaló que el Tribunal Constitucional solo puede decidir en contra de la pretensión del Ejecutivo, y reconocer el derecho de los peruanos de disfrutar del fruto de su trabajo, que debe traducirse en este caso en mejores pensiones.
Recordó que el Ejecutivo cumplió con el bono de reconocimiento y lo entregó en los años 1992, 1996 y 2001, “¿por qué recién ahora es inconstitucional la norma y pone en riesgo el presupuesto nacional?”, cuestionó.